En Colombia se defiende los derechos fundamentales como el de la libertad de expresión, consagrado en el artículo 20 de nuestra Constitución Política, que garantiza a toda persona “la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones…”.
Ese mismo derecho, la libertad de expresión, fue incluido en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. Allí se establece que “todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho comprende el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
Sin embargo, esa libertad de expresión tiene sus límites. Está restringida por la ley, porque el otro, los demás, también tienen derechos y estos no pueden ser vulnerados; no se puede cruzar la línea que delimita los derechos individuales. Ya lo dijo en vida el filósofo existencialista francés Jean Paul Sartre: “Mi libertad termina donde empieza la tuya”.
En Colombia, las redes sociales emiten más sentencias condenatorias que la misma justicia. De hecho, los propios jueces son blanco de las redes sociales. Sus decisiones son cuestionadas y se les acusa, se les condena, de parcializados, de vendidos, de corruptos.
El legislador está en mora de ponerle freno a ese mal hábito, a esa actitud perniciosa que se escuda en el derecho a la libertad de expresión. En las redes todos son jueces, condenan sin beneficios, sin respeto por la presunción de inocencia.
El dedo acusador de las redes resultó ser más pesado que el martillo de la justicia. No es posible que en las plataformas digitales terminen imponiéndose quienes más insultan, amenazan, calumnian, tergiversan. Son los sicarios de las redes: disparan valoraciones misóginas, xenófobas, homófobas, discriminatorias, racistas. Editan audios, videos, imágenes, construyen según lo que pretendan; interpretan a su amaño, acusan, imputan, sindican, imponen su verdad y se erigen como dueños absolutos del libre albedrío de todos quienes habitamos este mundo.
“Con el surgimiento de redes sociales como Twitter, Facebook, YouTube e Instagram, donde hay una tendencia en exceso a las opiniones y los juicios de valor, la cuestión ahora es cuál es el límite de la libertad de expresión”, escribió la revista Semana Educación, edición 22, en su artículo “¿Cuáles son los límites de la libertad de expresión?”.
En ese artículo se hace mención a un estudio denominado: “Uso y apropiación de internet”, realizado por la empresa de investigación de mercados Datexco, que alerta que en Colombia el 30 % de los usuarios en internet han sido intimidados de alguna u otra forma a través de las redes sociales. Y agrega que agredir a una persona sistemáticamente en redes es denominado “cibermatoneo”.
¿Cibermatoneo a Suárez Mira?
Hemos hecho esta introducción para referirnos al caso Suárez Mira. Lo ocurrido nos tiene que llevar a reflexionar. En Facebook y whatsapp circuló un video en la tarde de este miércoles 19 de junio en el que se observa al alcalde de Bello, César Suárez Mira, descender de un vehículo en la sede de Indeportes Antioquia, ubicada en el barrio Estadio, de Laureles, comuna 11 de Medellín.
Un hombre no identificado lo grabó con su celular y le reprochó que no esté “detenido en casa por cárcel” y le deseó que “ojalá, la vida no le cobre a usted y a sus hijos estos errores que están cometiendo”.
Esto es lo que dice la voz en off en el video: “Mire pues, esta es la justicia colombiana. El alcalde César Suárez Mira, que debería estar detenido en casa por cárcel, en estos momentos, hoy miércoles, acá, muy campante, parqueaderos a las afueras de Indeportes Antioquia, Liga de Natación de Antioquia. Mi pregunta es entonces, ¿dónde queda la justicia colombiana?, entonces, ¿dónde estamos nosotros? Hoy, la problemática del municipio de Bello, que nos tiene agobiados, que nos tiene estresados, que nos tiene… Entonces, eso es lo que yo digo. No sé, no sé qué pensará la gente. Esa es la justicia. ¡Alcalde!, una pregunta. ¿Usted no debería estar en casa por cárcel? ¿No? ¿Y eso? ¿Tiene permiso? (A lo lejos, Suárez Mira dice algo que no se entiende) ¿Tiene permiso? Le agradezco alcalde por dejarnos al municipio como lo tiene. A nosotros los bellanitas, los que amamos esa tierra, que queremos esa tierra, los que adoramos esa tierra, los que crecimos en esas calles. Porque ustedes la familia Suárez han sido la perdición del municipio de Bello. Le agradezco mucho. Yo sé que usted conciencia no tiene. Yo sé que la conciencia de ustedes ha sido negra, porque su único propósito ha sido personal y familiar. Y yo le agradezco porque a mí sí me duele el municipio. A mí me duele en el alma. Y mientras hoy somos de qué hablar en el mundo, usted hoy nos tiene el municipio como lo tiene. Le agradezco mucho alcalde, como bellanita de corazón le agradezco en el alma. Y ojalá, la vida no le cobre a usted y a sus hijos estos errores que están cometiendo”.
Al respecto, el Juzgado 20 Penal del Circuito aclaró que le dio tres días a Suárez Mira para constituir una caución ($4.140.580) y suscribir una diligencia de compromiso a partir del día que fuera suspendido. Él fue suspendido el viernes, esos tres días hábiles se vencen hoy miércoles 19 de junio. En consecuencia no está incumpliendo ninguna orden y es a partir de este jueves 20 de junio que debe estar en su casa pagando su condena.
Según Gabriel Fernando Roldán Restrepo, Juez 20 Penal del Circuito de Medellín, Suárez Mira no estaba bajo una medida de aseguramiento y, por tanto, podía estar en la calle. Suárez aportó la fianza y suscribió el acta de compromiso. De modo que todo se hizo dentro de los términos y cánones legales, añadió el togado.
A su vez, el juez Roldán manifestó en un video que también circuló en redes, que deploraba las desinformaciones “que se propagan por redes sociales y hacen cuestionamientos frente a los trámites judiciales y administrativos”.
A continuación transcribimos lo dicho por Roldán Restrepo, Juez 20 Penal del Circuito de Medellín:
“El día 15 de mayo pasado se emitió una sentencia de condena, hubo un trámite el cual ha conocido la opinión pública que dio a lugar a unas impugnaciones, a una nulidad, temas que fueron resueltos para finalmente dar curso al trámite de segunda de instancia por las impugnaciones que presentaron tanto la defensa como la Fiscalía y el Ministerio Público. En la parte resolutiva de la sentencia del 15 de mayo se indicó que el Gobernador de Antioquia, Luis Pérez, sería informado para que procediera la desvinculación del alcalde. Esa comunicación se envió y el día viernes recibió la respuesta por parte del señor Gobernador y una funcionaria adscrita a la Gobernación informándonos que ya había sido cumplida esa decisión. De modo que en obedecimiento también en los resuelto en la sentencia se dio un término de tres días al sentenciado para que se pusiera a tono con la obligación de suscribir un acta de compromiso y prestar una fianza. Debo comunicar que en el día de hoy (miércoles 19 de junio) y dentro del término que corresponde el señor César Augusto Suárez Mira aportó la fianza y suscribió el acta de compromiso. De modo que todo se ha hecho dentro de los términos y cánones legales. Debo manifestar que deploro que algunas desinformaciones que se propagan por redes sociales y hacen cuestionamientos frente a los trámites judiciales y administrativos. El señor César Augusto Suárez Mira no estaba bajo una medida de aseguramiento, por lo que no era necesario enviar comunicación a la cárcel de Bellavista hasta tanto no se tuviera el acta de compromiso y para el efecto ha sido comunicada mediante oficio 008005 del día de hoy, la asesoría jurídica en la cárcel de Bellavista para que procedan a hacer las verificaciones correspondientes frente al confinamiento del alcalde de manera provisoria mientras se surte el trámite de instancias”.
La cárcel de Bellavista ya fue notificada. Como se recordará, César Suárez fue declarado culpable en primera instancia de los delitos de falsedad en documento privado y falsedad ideológica en documento público.
¿Burla a la justicia?
También en redes sociales, el representante a la Cámara, León Fredy Muñoz Lopera se refirió a las imágenes, cuestionó al destituido alcalde de Bello y advirtió que ponía en “conocimiento” el video enviado por “un ciudadano a quien admiro por su valor civil, capaz de publicar” lo que hace Suárez Mira.
Y remató diciendo en el mensaje publicado en la red social Twitter: “Yo he denunciado la corrupción y entregaré esta prueba al juez como evidencia de burla a la justicia”.
Pongo en conocimiento este video enviado por un ciudadano a quien admiro por su valor civil, capaz publicar lo que hace el destituido Alcalde de Bello. Yo he denunciado la corrupción y entregaré esta prueba al juez como evidencia de burla a la justicia. @FiscaliaCol pic.twitter.com/LNFyAiEsAE
— León Fredy Muñoz (@LeonFredyM) June 19, 2019
Como se recordará, Muñoz es opositor de la familia Suárez Mira y denunció a César Augusto por su falso título de bachiller. El congresista León Fredy, de la Alianza Verde, está siendo investigado porque en su maleta fueron hallados 160 gramos de cocaína cuando regresaba de la ciudad de Bogotá en mayo de 2018. Fue capturado en el aeropuerto José María Córdova de Medellín y posteriormente puesto en libertad.
En su momento también fue condenado en redes y en medios digitales: “El congresista electo llevaba la droga camuflada en un bolsillo trasero de su equipaje de mano. La ley es para los de ruana. Pasó la noche en un calabozo y a las 48 horas un juez lo dejó en libertad para que pudiera defenderse y porque no era un peligro para la sociedad”.
Hasta quienes piden dejar actuar a la justicia, no la dejan actuar cuando se trata de otros. También acusan sin pruebas, pero piden pruebas cuando se les acusa.
Vulnerar los derechos de los otros
La Corte Constitucional ha sido clara en este sentido: “la libertad de expresión o puede convertirse en una herramienta para vulnerar los derechos de los otros o para incentivar la violencia”.
El Alto Tribunal, en sentencia T-243 de 2018 considera que afirmaciones sin pruebas hechas en redes sociales afectan gravemente la reputación y valoración en la colectividad, pues se trata de informaciones falsas o erróneas, como quiera que se le endilga la comisión de determinados delitos a un ciudadano sin que exista una sentencia judicial que así lo soporte.
La Corte concluyó en la referida sentencia que “el ejercicio del derecho a la libre expresión… resultó, a todas luces contrario al alcance constitucional del derecho y, al mismo tiempo, desborda los límites fijados en el ejercicio de los derechos al buen nombre y a la honra, pues, como lo ha indicado esta Corporación, no puede sacrificarse impunemente la honra de ninguno de los asociados, ni tampoco sustituir a los jueces en el ejercicio de la función de administrar justicia, definiendo quiénes son culpables y quiénes inocentes, so pretexto de la libertad de información”.
La Constitución Política, en el artículo 29, hace referencia, igualmente, al derecho fundamental al debido proceso, que debe ser aplicado a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. Asimismo, incluye la presunción de inocencia: “Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable. Quien sea sindicado tiene derecho a la defensa…”.
Análisis Urbano no defiende a César Suárez, tampoco lo acusa o condena. La invitación es a defender el derecho a la libertad de expresión, pero sin señalar, sin condenar. Para eso está la justicia.
Fuente: Análisis Urbano