El Tribunal Administrativo de Bolívar falló en segunda instancia una acción de grupo instaurada por los sobrevivientes de la masacre paramilitar del Salado, Bolívar ocurrida en febrero del año 2000 en zona de los Montes de María que los obligó a un desplazamiento forzado.
La demanda fue fallada en contra la Armada, La Policía y el Ministerio de la Defensa Nacional por la omisión que contribuyó a la ocurrencia de la masacre y le cabe responsabilidad patrimonial y administrativa del Estado colombiano.
El magistrado ponente Roberto Mario Chavarro Colpas explicó que el fallo obliga tomar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los pobladores del corregimiento del Salado como también realizar las tareas de rehabilitación y mantenimiento del monumento a nombre de las personas fallecidas en la masacre y a los sobrevivientes de ese acto demencial que inició el 17 y terminó el 21 de febrero.
El fallo contempla que el Estado colombiano deberá hacer una millonaria inversión en la zona de la masacre en educación, salud, deportes y cultura entre otros sectores como también indemnizar con 120 salarios mínimos legales mensuales vigentes al año 2014 a título de perjuicios a quienes entablaron la acción jurídica.
Cómo medidas de rehabilitación el fallo ordena al Estado a proveer un tratamiento psicológico y psiquiátrico gratuito oportuno y eficiente a los accionantes que continúan padeciendo internamente los perjuicios que les generó la incursión paramilitar.
Y como medidas de satisfacción se ordena al Estado ofrecer disculpas públicas a las familias que fueron víctimas de la masacre debido a las conductas violatorias de derechos humanos y que reconozcan públicamente su responsabilidad.
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